Modelo De Acta Constitutiva De Empresa De Seguridad Y Vigilancia En Venezuela ((full)) Official

¿Necesitas una adaptación específica de este modelo para tu estado o tipo de vigilancia? Es recomendable consultar las circulares internas del Ministerio del Interior y las últimas reformas al Reglamento.

Constituir una empresa de seguridad y vigilancia en Venezuela es un proceso riguroso que va más allá de un registro mercantil convencional. Debido a la naturaleza del servicio, estas organizaciones están bajo la estricta supervisión del , específicamente a través del Viceministerio de Prevención y Seguridad Ciudadana.

Antes de redactar el acta, es fundamental conocer el marco legal venezolano: ¿Necesitas una adaptación específica de este modelo para

El objeto social principal será la prestación de servicios de seguridad y vigilancia privada, tanto estática como móvil, para personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluyendo: a) Vigilancia armada y desarmada de inmuebles, urbanizaciones, centros comerciales, industrias, bancos y otros. b) Protección de personas físicas (escoltas). c) Custodia y traslado de valores, siempre que se obtengan los permisos especiales. d) Instalación y monitoreo de sistemas electrónicos de seguridad (alarmas, CCTV, control de accesos). e) Asesoría, consultoría y capacitación en seguridad privada. Queda expresamente prohibido a la sociedad realizar funciones de investigación penal, inteligencia o cualquier actividad reservada a los cuerpos de seguridad del Estado.

En este artículo, presentamos un análisis profundo sobre cómo estructurar correctamente un , detallando los requisitos legales, las cláusulas obligatorias y los pasos posteriores para obtener la habilitación operativa. Debido a la naturaleza del servicio, estas organizaciones

Para redactar el acta se necesita:

Además de las cláusulas comunes (nombre, domicilio, duración, capital, administración, etc.), el acta constitutiva de una empresa de vigilancia debe contener disposiciones especiales: c) Custodia y traslado de valores, siempre que

La sociedad se obliga a cumplir estrictamente con la Ley para la Regulación y Control de los Servicios de Seguridad Privada, su Reglamento y demás normas. En especial: a) Obtener la autorización de funcionamiento del Ministerio del Interior antes de iniciar operaciones. b) Registrar a todo el personal de vigilancia y someterlo a cursos de formación y psicotécnicos. c) Llevar un libro de control de armas, municiones y equipos de seguridad. d) Contratar pólizas de responsabilidad civil y accidentes para los vigilantes. e) No utilizar uniformes, insignias o jerarquías similares a las fuerzas armadas o policiales.

La compañía se disolverá por: (a) vencimiento del plazo, (b) pérdida del 50% del capital social, (c) revocación de la licencia por SUNADIS por violaciones graves (ej: uso ilegal de armas, vínculos con delincuencia), (d) voluntad de la Asamblea. El liquidador deberá informar al SNC y a la SUNADIS dentro de los 30 días siguientes.